Reforma Tributária

CBS de 11,3% en 2027: qué cambia ese número en tu empresa

Gregory Gomes ·29 de octubre de 2026 ·7 min de lectura

CBS de 11,3% en 2027: qué cambia ese número en tu empresa

El TCU calculó la alícuota de referencia y el Senado decide hasta el 15 de diciembre. Cuánto pesa en tu caso depende del crédito, y esa cuenta se puede hacer ahora.

Resumen La CBS de 11,3% es la alícuota de referencia calculada por el TCU para 2027, que reemplaza el PIS y la Cofins. Comparar directamente con el 9,25% actual lleva a un cálculo incorrecto porque los tributos se calculan de manera diferente. Lo que va a decidir cuánto paga tu empresa es el crédito de CBS en las compras, no solo la alícuota.

El titular del día fue "CBS de 11,3%". Para quienes pagan hoy 9,25% o 3,65% de PIS y Cofins, la primera lectura es de aumento. Revisamos qué significa ese número y qué cambia, en concreto, en la cuenta de una empresa.

CBS es la Contribuição sobre Bens e Serviços, el tributo federal que reemplaza el PIS y la Cofins a partir de enero de 2027. Es la mitad federal del nuevo impuesto sobre el consumo. La otra mitad es el IBS, que reemplaza el ICMS y el ISS y se incorpora de forma gradual hasta 2033.

Qué calculó el TCU

En la sesión del 28 de octubre de 2026, el Tribunal de Contas da União (TCU) calculó la alícuota de referencia de la CBS para 2027 en 11,3468%, redondeada a 11,3%. El mercado proyectaba algo cercano al 8,8%.

Alícuota de referencia es el porcentaje calibrado para que la CBS recaude lo mismo que el PIS y la Cofins recaudan hoy. Es un promedio para toda la economía. No indica, por sí sola, cuánto va a pagar tu empresa.

EL NÚMERO A RECORDAR 11,3% Alícuota de referencia de la CBS en 2027. En 2027 y 2028, la ley descuenta 0,1 punto de esa alícuota, y la CBS cobrada queda en 11,2%. En el mismo período, el IBS comienza con 0,1%. Fuentes: TCU, sesión del 28/10/2026; LC 214/2025, art. 347.

Qué ocurre hasta enero

28/10; El TCU calcula la alícuota de referencia en 11,3%.

Hasta el 15/12; El Senado fija la alícuota por resolución. Puede aceptar el cálculo o ajustar las premisas.

Sin votación; Si el Senado no vota en el plazo, rige el número del TCU.

1º/01/2027; La CBS reemplaza el PIS y la Cofins.

Entre la decisión del Senado y la primera factura con CBS completa quedan poco más de dos semanas. Es poco tiempo para revisar precios, contratos y sistemas. Por eso conviene hacer la cuenta ahora, con 11,3%, y ajustarla si el número cambia.

11,3% contra 9,25%: ¿es un aumento?

Comparar los dos porcentajes directamente lleva a un cálculo incorrecto, porque se calculan de maneras diferentes.

El PIS y la Cofins se calculan por dentro: el impuesto forma parte del propio precio sobre el que se aplica. La CBS se calcula por fuera: se suma al precio y no entra en su propia base (LC 214/2025, art. 12). Recalculado por fuera, el 9,25% actual equivale a cerca del 10,2%.

Una venta de R$ 100 hoy, recalculada con la CBS

Valor sin el tributo; PIS y Cofins hoy (9,25%): R$ 90,75; CBS de referencia (11,3%): R$ 90,75

Tributo; PIS y Cofins hoy (9,25%): R$ 9,25 (dentro de los R$ 100); CBS de referencia (11,3%): R$ 10,25 (sumados a los R$ 90,75)

Equivalente por fuera; PIS y Cofins hoy (9,25%): cerca del 10,2%; CBS de referencia (11,3%): 11,3%

Cálculo de Norma: 9,25 ÷ 90,75 = 10,19%. El ejemplo supone el mismo valor neto antes y después. Si la empresa traslada la diferencia al precio, el número de la factura cambia.

La diferencia de partida, en el régimen no acumulativo, queda cerca de 1 punto. Para tu empresa, lo que va a determinar el resultado es otra cosa: el crédito.

El crédito decide cuánto pagas

La CBS se aplica sobre la venta, y se descuenta la CBS pagada en las compras. Ese descuento es el crédito. Cuanto mayor el crédito, menor la CBS a pagar.

La LC 214/2025 amplía el crédito respecto del PIS y la Cofins actuales: en principio, lo que se compra con CBS destacada en la factura genera crédito, con excepciones como bienes de uso y consumo personal. Y el crédito pasa a depender de que el proveedor haya pagado el tributo de la operación (LC 214/2025, art. 47).

EMPRESA A
• Vende R$ 100 mil en el mes.
• Pagó R$ 8 mil de CBS en las facturas de proveedores.
• Paga R$ 11.300 menos R$ 8.000: R$ 3.300 de CBS.

EMPRESA B
• Vende los mismos R$ 100 mil.
• Pagó solo R$ 1 mil de CBS en las facturas.
• Paga R$ 11.300 menos R$ 1.000: R$ 10.300 de CBS.

Ejemplo didáctico, con 11,3% sobre R$ 100 mil. No es una proyección para 2027.

La misma venta, la misma alícuota, CBS tres veces mayor. Dos preguntas resuelven buena parte del cálculo: a quién le compras y cuánto de tu costo viene con factura.

El punto de partida de cada empresa

La LC 214/2025 amplía el crédito respecto del PIS y la Cofins actuales: en principio, lo que se compra con CBS destacada en la factura genera crédito, con excepciones como bienes de uso y consumo personal. Y el crédito pasa a depender de que el proveedor haya pagado el tributo de la operación (LC 214/2025, art. 47).

NO ACUMULATIVO 9,25% con crédito restringido a los insumos. Es la regla en el Lucro Real (Leis 10.637/2002 y 10.833/2003). La base cambia y el crédito se vuelve más amplio.

ACUMULATIVO 3,65% sin crédito. Aplica en el Lucro Presumido y en parte de los ingresos del Lucro Real (Lei 9.718/1998; Lei 10.833/2003, art. 10). Es quien más necesita hacer la cuenta.

SIMPLES NACIONAL DAS La CBS se mantiene dentro de la guía única, salvo que la empresa opte por calcularla por fuera, en el régimen híbrido.

En el régimen acumulativo, el cambio es de nivel: sale una alícuota baja sin crédito y entra la alícuota completa con crédito. Quien compra mucho con factura puede llegar a un resultado similar al actual. Quien compra poco, no.

En el Simples, la decisión es diferente y tiene plazo: la opción por el régimen híbrido para el primer semestre de 2027 vence el 30 de octubre de 2026. Explicamos esa elección en Régimen tributario en 2027: ¿Simples, Presumido o Real?

Empresa de servicios: atención a la nómina

En la empresa de servicios, el mayor costo suele ser la nómina. Y el salario de los empleados no genera crédito de CBS. Queda poco para descontar, y la empresa tiende a quedar más cerca de la Empresa B del ejemplo.

Eso no significa que toda empresa de servicios vaya a pagar más. Algunas actividades tienen alícuota reducida en la LC 214/2025, como los servicios de salud, con una reducción del 60%. Y parte del costo de servicio viene con factura: alquiler, software, energía, servicios de terceros. El resultado depende de la estructura de costos de cada empresa, y eso es lo que hay que medir.

Cómo prepararse en cinco pasos

1. Separa los ingresos según el régimen de PIS y Cofins actual. Acumulativo, no acumulativo o Simples. Es el punto de partida de la comparación.

2. Identifica las compras que van a generar crédito. Proveedores, montos y si emiten factura con CBS destacada. El proveedor del Simples, en general, genera un crédito menor.

3. Simula la CBS con 11,3% y compara con lo que pagas hoy. Usa 11,2% para la CBS cobrada en 2027 y recalcula si el Senado cambia el número.

4. Revisa precios y contratos. Los contratos de largo plazo necesitan una cláusula de ajuste por cambio de tributo. Sin ella, la diferencia sale de tu margen.

5. Verifica el sistema y la factura electrónica. Los registros, el emisor y el destaque de la CBS en la factura tienen que estar listos el 1 de enero.

El paso 3 es el que más cambia la respuesta de quienes creían que ya sabían. Una empresa en el Presumido con muchas compras puede descubrir que la cuenta queda similar. Otra, con la nómina como casi todo el costo, descubre que necesita revisar el precio antes de enero.

Artículo publicado originalmente en Norma Contábil.

Gregory Gomes

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Tributário · Advisor.Tips

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